Por no cumplir la Ley de Glaciares, cuatro ex funcionarios irían a juicio

La Justicia ratificó el procesamiento de tres miembros de la ex Secretaría de Ambiente y del científico Ricardo Villalba, a los que se los acusa de posibilitar los proyectos mineros de Barrick Gold en zonas prohibidas.

 

En una decisión sin precedentes, la Sala II de la Cámara Federal confirmó el procesamiento de Omar Vicente Judis, Sergio Gustavo Lorusso y Juan José Mussi (tres ex secretarios de Ambiente) y del científico Ricardo Villalba (ex director del Ianigla) por infringir la Ley de Glaciares.

Impulsada por la Asamblea Jáchal No Se Toca a partir de los sucesivos derrames de cianuro de la multinacional Barrick Gold, la causa investiga las responsabilidades políticas y técnicas que impidieron relevar los glaciares y posibilitaron la minería en zonas prohibidas durante los últimos años.

El fallo fue confirmado luego de que los jueces federales Martín Irurzun y Eduardo Farah dieran lugar a los aportes de su colega de primera instancia, Sebastián Casanello, quien sostiene que, de haberse cumplido la legislación 26.639, tanto Veladero como Pascua Lama (los dos proyectos mineros de Barrick Gold) no existirían y los derrames nunca se hubieran producido.

“Se trata de un gran espaldarazo para un pleno y efectivo cumplimiento de la Ley de Glaciares y cierra el camino a una modificación por decreto de la norma, como pretenden el Gobierno y las mineras”, celebró Enrique Viale, presidente de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas (AAdeAA), que aseguró que la causa irá rumbo a juicio, a pesar de que aún faltan etapas de prueba.

Aunque los cuatro procesados apelaron la medida, los magistrados de la Cámara Federal ratificaron la existencia de elementos suficientes para que la causa avance y mantuvieron la decisión de Casanello de embargarles hasta cinco millones de pesos a cada uno e impedirles salir del país.

Domingo Jofré, de la Asamblea Jáchal No Se Toca, afirmó que la resolución “es esperanzadora porque confirma el procesamiento de quienes han incumplido la ley, justamente ellos que debían proteger los glaciares”.

El activista, por otra parte, manifestó su repudio a los “sucesivos funcionarios que rigen como garantes de impunidad de las multinacionales mineras” y recordó que Barrick Gold no puede operar en la provincia de San Juan, “donde destruyó glaciares y contaminó con derrames de cianuro”.

La situación de los acusados

El fallo, que fue considerado histórico por las organizaciones ecologistas, podría marcar todo un precedente, ya que nunca antes la Justicia había procesado a un funcionario por cuestiones ambientales.

Sobre el ex secretario Omar Judis, los jueces sostienen que “durante todo su mandato (de diciembre de 2013 a marzo de 2015) no se avanzó en ninguno de los aspectos necesarios para lograr la preservación de los glaciares y el ambiente periglacial”, mientras que en el caso de Sergio Gustavo Lorusso afirman que tuvo “responsabilidad por omitir llevar adelante concretas medidas orientadas a cristalizar los postulados de la ley por cuya efectividad le competía velar”.

“Recién en diciembre de 2015 se aprobaron los procedimientos administrativos para la publicación del Inventario Nacional de Glaciares incluyéndose en esa misma fecha tan solo 9 de las 70 subcuencas objeto de inventario”, se destacó en la sentencia.

El procesamiento de Villalba resultó el más controvertido. Al ex titular del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianiglia), se le cuestiona que haya decidido sólo medir glaciares de más de una hectárea de superficie y de desproteger a los de menor tamaño.

Según la ley, se entiende por glaciar “toda masa de hielo perenne estable o que fluye lentamente, cualquiera sea su forma, dimensión y estado de conservación”, y de acuerdo a la Justicia, Villalba omitió esa definición.

“Si bien los argumentos desarrollados en su defensa apuntan a explicar que dicha base responde al método que se sigue en otros países, la Ley Nacional no fue dictada teniendo en miras tales objetivos sino la ‘protección de los glaciares y del ambiente periglacial con el objeto de preservarlos para el consumo humano, la agricultura y la protección de la biodiversidad”, explicó el fallo.

Aunque la situación de Villalba motivó que la comunidad científica acusara al juez Casanello de “perseguir a la ciencia”, la Asamblea de Jáchal sostuvo que “no se denuncia a él por ser científico, sino por su accionar incorrecto como funcionario de aplicación de la ley”.

Fuente: Darío Aranda / Página 12