Para evitar una condena por contaminación, un frigorífico de Tucumán dará clases sobre medio ambiente
Al cabo de tres años, los resultados serán evaluados por la Justicia, que a partir de allí resolverá si la empresa va a juicio oral o no. ¿Resocialización o especulación?
La Justicia Federal dejó en suspenso un juicio oral por hechos de contaminación a cambio de que los imputados ligados al frigorífico Fidensa, ubicado en la ciudad de Alderetes, inicien capacitaciones sobre el cuidado del ambiente.
Esta actividad educativa, que también será abierta a la comunidad, tendrá lugar en un aula de 150 metros cuadrados que la firma deberá construir en su inmueble, en un plazo de 90 días, contado a partir de que la resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) quede firme, algo que todavía no ha ocurrido.
Los acusados complementarán esta regla de conducta con la donación de carne y de tecnología atinente a la prevención de la contaminación; la limpieza del área de influencia del frigorífico; la colocación de carteles y señales de concientización, y el sometimiento periódico a la fiscalización de las autoridades correspondientes.
Emitida con las firmas de los vocales Gabriel Casas, Carlos Enrique Jiménez Montilla y Alicia Noli (en disidencia parcial), la decisión procura cerrar un proceso penal de interés público iniciado hace casi 14 años contra los acusados Martín Esteban Huerta, Hugo Osvaldo Benejam y Pedro Benito Benejam. Al filo del inicio del juicio, el pasado 7 de diciembre, el estrado aceptó la propuesta de los responsables de Fidensa, pese a la oposición del fiscal Pablo Camuña, quien recurrió la decisión, según indicaron fuentes del TOF.
Tal y como había sucedido en otras investigaciones de presuntos delitos ambientales, los jueces consideraron que la suspensión del juicio a prueba o probation podía ser aplicado para el “caso Fidensa”. Con ese criterio, impusieron un paréntesis de tres años, término en el que no correrá el cómputo de la prescripción de la acción penal y en el cual se evaluarán los resultados.
Durante este plazo, los imputados tendrán que honrar los compromisos que asumieron en el afán de evitar el juzgamiento y, eventualmente, una condena. El Código Penal estipula que el ofrecimiento de una reparación del daño “en la medida de lo posible” no implica confesión ni reconocimiento de la responsabilidad civil.
¿Resocialización o especulación?
Para justificar la resolución, el TOF explicitó que la formación para la protección ambiental debe alcanzar a los propios acusados y al personal del frigorífico, además de a los vecinos. En el aula de Fidensa, los expertos en la materia ilustrarán a la población sobre medidas de limpieza y de conservación de los lugares públicos, en especial de los canales y cursos de agua aledaños a la empresa.
En la tarea educativa –a cargo de los acusados– intervendrá la Municipalidad de Alderetes mediante sus asistentes sociales, quienes convocarán a las familias con la intención de que estas reciban la capacitación proyectada.
El aula, estará a disposición del Municipio, del Tribunal y del Ministerio Público Fiscal. Luego, será entregada en comodato a la Secretaría de Medio Ambiente de la Provincia, aunque los imputados costearán el mantenimiento del salón durante cinco años.
La probation, sin embargo, no convenció al fiscal Camuña, quien, según la sentencia, dictaminó que aquella no sólo debía ser una reparación suficiente, razonable y acorde a la magnitud del daño causado, sino, además, un gesto serio y sincero de arrepentimiento activo, y que tal requisito estaba ausente en esta circunstancia.
Camuña observó que los imputados tenían otras dos causas abiertas (respectivamente en 2007 y 2015) por contaminación. Pese a esto, tanto Noli (con su voto) como Casas y Jiménez Montilla consideraron arbitraria la oposición del fiscal.
“Sus fundamentos no son ajustados a Derecho e incurre en contradicción. La finalidad del sistema no es la aplicación de una pena sino la ‘resocialización’ del acusado”, manifestaron los segundos y agregaron que los acusados carecen de antecedentes penales. Noli, a su vez, expresó que el dictamen de Camuña se apartaba de la interpretación razonable de la ley que regula la probation y de los motivos que llevaron a su dictado.
Durante la última década, la Justicia Federal de Tucumán abrió numerosas investigaciones penales por denuncias de contaminación. El incremento de este tipo de causas contribuyó la degradación de la cuenca Salí-Dulce. En los últimos tiempos, los procesos han empezado a dar lugar a reparaciones como la acordada para el “caso Fidensa”. Antes, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal había aprobado la “probation” para el ingenio La Fronterita y el basural de Pacará Pintado.
Fuente: Foro Ambiental